Los bancos ya no podrán cobrar para abrir cajas de ahorro
Lo resolvió el Banco Central e incluye el uso de las tarjetas de débito. Tampoco tendrán costos las transferencias por cajero o home-banking hechas por personas físicas, sin importar el monto
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) mediante las Comunicaciones “A” 5927 y 5928, redobló su apuesta a favor de la bancarización reglamentando la gratuidad de todas las cajas de ahorro, incluyendo el uso de su correspondiente tarjeta de débito.
“Esta medida implica que hay un nivel de bancarización básico que será universal y gratuitamente accesible a todos los ciudadanos”, dice el Central en un comunicado. Todas las cajas de ahorro actualmente existentes pasarán a ser gratuitas. Los bancos deberán ofrecer a nuevos clientes la caja de ahorro como servicio separado de otro producto o paquete que tenga cargos; la caja de ahorro no tendrá restricciones de montos, ni costos de apertura, mantenimiento o renovación.
Serán gratuitas las transacciones, ya sea en ventanilla, en cajeros o via home-banking. “De esta manera, se logra potenciar el acceso a servicios financieros a toda la población. Se elevó además el monto máximo para transferencias electrónicas (las cuales se podrán efectuar todos los días y a toda hora), y se estableció la gratuidad absoluta independientemente del monto transferido en el caso de usuarios individuales”, añaden.
En el caso de empresas, se elevó a $ 250.000 el monto a partir del cual pueden cobrarse las transferencias. Al ser gratuita la caja de ahorro, con la posibilidad de abrirse libremente en el banco que se desee y contar con transferencias gratis, será fácil migrar de un banco a otro que ofrezca mejores comodidades o condiciones. De este modo se fomenta la competencia entre bancos.
Además, el BCRA otorgó en la norma la posibilidad de un aumento de hasta el 20% en las comisiones bancarias que debe ser informado al cliente con 60 días de anticipación previo a ser aplicado (los últimos aumentos databan de los últimos meses del gobierno anterior) para los productos no gratuitos, liberando las mismas a partir del 1 de septiembre de 2016.
Pero, siguiendo una práctica que es común en Brasil, se obligará a informar el precio de la competencia cuando se decida cambiar un precio. Es decir, cuando un banco quiera cambiar una comisión, deberá mostrar a sus clientes los precios que cobran otros bancos a sus clientes. La información comparativa de precios será provista por el BCRA.
Los bancos que tengan home-banking estarán obligados a poner un hipervínculo destacado en su menú principal con el nombre “Comparación de Precios” que conduzca a la página web del BCRA en la que se mostrarán los cargos que, por diferentes productos, cobran los bancos del sistema. Los bancos deberán proveer regularmente esta información a la autoridad monetaria.