El Estado Nacional pidió a la Justicia que ratifique sus facultades para definir el cuadro tarifario del gas mediante la presentación de una “acción declarativa de certeza“, que, de ser ratificada por el Poder Judicial, neutralizaría los recursos contra los nuevos valores aplicados oficialmente. El juez en lo contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, habilitó el trámite de una demanda en la que el Estado Nacional pidió que “cese la incertidumbre”.
Las acciones caerían sobre la ejecución de resoluciones del Ministerio de Energía y el Enargas sobre incrementos de precios y nuevos cuadros tarifarios del gas. El juez dió curso a la “acción declarativa de certeza” que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable promovió contra el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y Solidaridad (Cepis) “y contra cualquier otro que invoque legitimación colectiva para cuestionar” esas normas.
Se trata de la Resolución Nº 74/2017 del Ministerio de Energía y Minería y Resoluciones 300 a 309/2018 del ENARGAS. El Estado promovió la demanda ”a fin de cesar el estado de incertidumbre respecto de su ejecución, que atenta contra las ‘atribuciones/mandatos’ que le impone la Constitución en cuanto al aseguramiento del uso racional de los recursos naturales, la protección del ambiente y la prestación de servicios públicos eficientes y de calidad”.
En ese sentido, la presentación del Estado expuso en las últimas horas que, así, pretende “asegurar a los habitantes de la República Argentina el uso racional de sus recursos naturales no renovables y un servicio público de provisión de gas natural de calidad y eficiencia, que preserve el medio ambiente sano; con fundamento en los artículos 41, 42 y 75 -inc. 22- de la Constitución Nacional”.
La demanda tramita en el mismo Juzgado en la que se radicó el expediente 27.529/2018 “Cepis c/Enargas y otro s/Amparo Colectivo”, en la que se cuestionan los aumentos y su entrada en vigencia. Otras dos causas con similar objeto procesal tramitan ante la justicia federal de La Plata y Junín. El juez Enrique Lavié Pico concluyó que esta causa involucra a un “colectivo” que “está compuesto por los habitantes de la Nación, abarcando las generaciones venideras”.
El juez ordenó la inscripción del caso en el Registro de Procesos Colectivos y, como procedimiento para garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio y permitir su eventual participación, mandó publicar su decisión en el Centro de Información Judicial (CIJ) y en edictos por dos días en el Boletín Oficial y en el diario La Nación.
Así se comunicará la existencia del proceso “y la facultad de comparecer -dentro del plazo de 10 días hábiles judiciales computados a partir de la última publicación de los edictos- de todas las personas que pudieren considerarse afectadas, el Defensor del Pueblo de la Nación y las asociaciones civiles que propendan a la protección del medio ambiente”, según indicaron fuentes judiciales.