Modificaciones al régimen de portabilidad numérica

Realizaron modificaciones en el régimen de portabilidad numérica para permitir a los clientes el efectivo ejercicio de su derecho de mantener su número, tanto geográfico como no geográfico, cuando cambie de Prestador de Servicios Portables, de conformidad con las disposiciones del Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Se implementará a nivel nacional entre los Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM), para cuya prestación se utilice numeración asignada. Asimismo, se implementará entre los Servicios de Telefonía Fija.

En ambos casos, la Portabilidad Numérica se llevará a cabo en el marco del Plan Fundamental de
Numeración Nacional, dentro de una misma Área Local del Servicio de Telefonía Fija.

El cliente titular tendrá derecho a seleccionar al Prestador de Servicios Portables cuya oferta le resulte más conveniente y solicitar en cualquier tiempo la Portabilidad Numérica de sus número, tanto geográfico como no geográfico.

Además tendrá garantizada la privacidad de sus datos personales y efectuar el reclamo ante el Prestador de Servicios Portables que corresponda en caso de omisiones, demoras e irregularidades. No se podrá suspender el servicio o dar de baja a un número que se encuentre cursando un reclamo.

En el caso de los Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) el proceso de portabilidad no podrá tener una duración mayor a un día hábil, contado a partir de la recepción de la Solicitud por el Administrador de la Base de Datos. Tratándose de Servicio de Telefonía Fija, este proceso no podrá durar más de cinco días hábiles, contados también a partir de la recepción de la Solicitud por el Administrador de la Base de Datos.