Plan de pago para monotributistas

El organismo informó que podrán hacerlo en 36 cuotas. Los detalles para sumarse al régimen.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los monotributistas que acumularon una deuda durante el proceso de exclusión al régimen, podrán saldarla gracias a un nuevo plan de facilidades.

La idea de fondo es que vuelvan a ingresar al régimen general aquellos monotributistas excluidos, ya sea por pleno derecho o por acciones de fiscalización.

A través de la aplicación Mis Facilidades, el contribuyente visualizará las obligaciones adeudadas correspondientes a Ganancias, IVA y Régimen de Autónomos comprendidas entre el inicio de la exclusión del Monotributo y la fecha de registración de la exclusión, con el objetivo de regularizarlas en este nuevo plan.

Los detalles

Sólo se podrán incorporar deudas registradas en los sistemas de AFIP, y “es un requisito indispensable que el contribuyente haya cumplido con la presentación de todas las declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones por las que está adhiriendo al régimen”, remarcó un comunicado del organismo.

La cantidad máxima de cuotas a solicitar corresponderá al doble de la cantidad de meses contados entre el período posterior a la exclusión y el de la actualización en el Sistema Registral, no pudiendo superar las 36 cuotas.

El monto mínimo del pago a cuenta y cada cuota será de $ 1.000, las que serán iguales y consecutivas.

Podrá solicitarse el beneficio hasta el último día del tercer mes posterior al momento en que se ingresa la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral”, y tendrá un pago a cuenta del 5% del monto total consolidado, con excepción de aquellos casos en que el plan se presente dentro de los 30 días de la fecha de actualización en el citado Sistema,en cuyo caso el pago a cuenta corresponderá al 2 % del total consolidado. La cancelación del Pago a Cuenta mediante el correspondiente VEP implicará la presentación de la adhesión.

En cuanto a la financiación, la tasa efectiva mensual es equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco Nación a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 2%. Durante diciembre de 2017 esta tasa representa el 2,05%, informó la AFIP.

Por qué alguien puede ser excluido

Entre los los motivos por los cuales los monotributistas pueden ser excluidos del régimen están: exceder el límite máximo de facturación, realizar operaciones de importación, brindar servicios cuando se está categorizado para ventas y depósitos bancarios injustificados con los parámetros, entre otros.

Durante el proceso de exclusión se genera un lapso de tiempo en el cual el contribuyente puede generar una deuda difícil de saldar en un solo pago.El nuevo plan de pagos se oficializó por medio de la Resolución General 4.166 publicada hoy en el Boletín Oficial.