ANMAT prohibió un suplemento dietario, una bebida de vegetales y una marca de productos médicos

La medida también alcanza a productos médicos del laboratorio Aportarg.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó hoy tres resoluciones en el Boletín Oficial en las que dispone la prohibición de comercialización de tres productos: un suplemento dietario, una bebida de extractos vegetales y una marca de productos médicos.

En la primera de las disposiciones publicadas hoy, que lleva el número 5067/2017, establece la prohibición de comercialización del “suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca Súper Goji”. También ordena su decomiso y desnaturalización en todo el territorio.

El segundo producto afectado s una bebida de extractos vegetales sin alcohol “Fagus 100% natural”, que fue alcanzada por la resolución 5062/2017. La denuncia llegó por una persona que denunció haber padecido gastroenteritis luego de haber ingerido uno de esos productos. Mediante una investigación, se determinó que el producto, presuntamente oriundo de Tucumán, no tenía la autorización correspondiente. Por eso, las autoridades ordenaron el retiro del producto del mercado en todo el país y prohibieron su comercialización.

En una tercera disposición, la ANMAT prohibió el uso y comercialización en todo el territorio nacional, a excepción de la provincia de Córdoba, de los siguientes productos del laboratorio Aportarg SRL:
– Limonada de Roge infantil contenido para preparar 125 ml
– Agua de D’Alibur solución 100ml
– Vaselina Sólida por 60gr
– Agua oxigenada 10vol. Por 100 ml
– Vaselina líquida medicinal por 250 ml
​- Vaselina líquida medicinal por 500 ml